Tarifa de Último Recurso
Qué es la Tarifa de Último Recurso
Esta nueva regulación otorga a determinados consumidores el derecho a acogerse a ciertos precios fijos establecidos por el Gobierno, recogidos en una denominada Tarifa de Último Recurso (TUR).
Tienen derecho a TUR, según la nueva regulación, todos aquellos consumidores conectados en Baja Tensión con potencia contratada de hasta 10 kW. Las Tarifas de Último Recurso (TUR) serán únicas en todo el territorio nacional.
¿Cómo me afecta?
Adicionalmente, aquellos clientes que no tengan derecho a TUR pero temporalmente carezcan de un contrato con una empresa comercializadora de Mercado Libre podrán solicitar ser suministrados por una CUR, a una tarifa que será fijada por Orden Ministerial y que evolucionará en el tiempo de forma que incentive formalizar un contrato con una comercializadora de Mercado Libre.
La lista de comercializadoras de Mercado Libre y de Último Recurso puede consultarse en la web: www.cne.es
¿Qué debo hacer?
No obstante, tenga o no Ud. derecho a la TUR, si Ud. no elige a una comercializadora antes del 1 de julio 2009, de acuerdo con la regulación se le asignará una CUR, que a partir de esa fecha le tendrá como cliente, encargándose de enviarle las facturas y gestionar los cobros por el suministro de energía eléctrica.
En este caso Ud. no tendrá que hacer nada ya que el traspaso del contrato entre la empresa distribuidora y la CUR es automático y no es preciso actuación alguna ni en los equipos de medida ni en la red eléctrica.
¿Tiene Ud. alguna duda?

